Viernes 31 de octubre de 2008

 
SEMANARIO INDEPENDIENTE DE INFORMACION Y CRITICA
Fundado el 29 de Agosto de 1959 Por: Roberto Leyva Aguilar

 

 

 

BALONAZO COMENTARIOS LEYENDAS MULTICOSAS PENSAMIENTO SERA VERDAD CRONICAS
   
 
"No nos diga que está mal dígamos cúal es la mejor manera de hacerlo"
   
 
No.1110
 
 

CESAR CARRASCO BAEZA RINDIO SU PRIMER INFORME DE GOBIERNO EN LAS OFICINAS Y LOCAL DEL PAN

ACUSAN DE CORRUPCION AL DIRECTOR DE LA
ESC. PREPARATORIA

TRAS ATROPELLAR A TRANSEUNTE SE DA A LA FUGA

DRAMA DE FAMILIA OJINAGUENSE EN E.U.

ENTREVISTA CON EL PRESIDENTE DEL PARTIDO ACCION NACIONAL EN OJINAGA

JOVEN SALVA LA VIDA TRAS APARATOSO CHOQUE EN CARRETERA CAMARGO

MANIRA CARRASCO FLORES
PRESIDENTA DEL DIF MUNICIPAL
RINDIO SU PRIMER INFORME

Noti Cetis

RÁFAGAS

SE VUELCA PICK UP EN CAMINO A LAS VEGAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PENSAMIENTOS Y ANÁLISIS...

Por: Lic. Elias Rodriguez Sanchez

     

   El día de hoy hablaremos sobre los desalojos,  estableceremos que son?, las razones por las cuales ocurren, y ejemplificaremos un caso en el que ocurre. los desalojos ocurren cuando ha alguien lo sacan de una casa con todo y chivas, es decir de una manera forzosa se le invita a que abandone la casa la cual habita;

 un desalojo  es la ejecución  forzosa de una sentencia  dictada por un juez civil  después de la terminación de un Juicio que puede ser de desahucio, que es cuando una persona esta rentando un bien y no  ha pagado dos o más meses de renta; o bien en el ejercicio de una acción reivindicatoria la cual procede cuando el dueño de un inmueble no se encuentra en posesión del mismo y quienes lo habitan o hacen uso del
mismo  no se le quiere entregar a su dueño. Estos dos juicios cuya terminación o sentencia favorable a las pretensiones de quien lo promueve (actor) provoca o culmina en los llamados desalojos, los cuales resultan siempre una sorpresa para el poseedor y  vergonzosos ante la Sociedad, pues normalmente este tiende a causar alarma entre los vecinos pues al momento de realizarse habitualmente se hace uso de la fuerza Pública (Policía)  y el rompimiento de cerraduras (abrir candados con un cerrajero), lo anterior a fin de poder entrar al domicilio aún y cuado existan candados, cerraduras, chapas, etc., toda vez que la sentencia (como lo establecimos anteriormente siempre y cuando sea favorable a las pretensiones del actor)  condena al poseedor a la desocupación de la finca y si no lo hace voluntariamente en el plazo que el Juez fija para ello, esta se hará por la fuerza traduciéndose esto en lo que comúnmente llamamos desalojo; podemos ejemplificar esto de la siguiente manera. Juan le rentó  a Pedro hace un año una casa pero únicamente le pagó seis meses y al pedirle Juan la casa a Pedro este le dijo que no tenía dinero y que la casa no se la entregaría ya que le había hecho unas mejoras y que además por ley le corresponde tres meses gratis, Juan desconcertado y muy molesto por la situación decide después de haberlo consultado con su esposa y familiares acudir con un Abogado; quien le comentó que no había ningún problema con la situación que lo que se  había celebrado entre ellos era un contrato de arrendamiento y que Pedro había incumplido el contrato al dejar de pagar las rentas y en lo referente a lo de los tres meses era falso, que efectivamente cuando uno entabla un Juicio el Juez notifica al demandado dándole un plazo de un mes cuando es casa habitación, tres meses cuando es local comercial y seis meses cuando es terreno dedicado a la agricultura para que desocupen, pero de ninguna  manera estos serán gratis, el plazo es únicamente para la desocupación voluntaria con el fin de evitar el desalojo pero si esta no se realiza la desocupación de la finca será inminente y de manera forzosa por lo que es recomendable en el plazo que otorga la ley desocupar de manera voluntaria el inmueble que uno posee y evitarse así el bochornoso y penoso desalojo. Cabe señalar por ultimo que en los juicios el demandado puede poner excepciones y defensas con el fin de acreditar ante el juez que su posesión es conforme a la ley, es decir se pude defender.  Por hoy es todo, esperando que lo que  escribimos le sea de su agrado e invitándole para que nos hable al TEL. 453-2726 ó a este Periódico para que nos de su valiosa opinión.

 

 

 

 

 

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